Cuerpo Militar de Sanidad Antes de la llegada de la Ley 17/1989, cada uno de los Ejércitos, disponía de su particular sanidad. Es a partir de este punto, cuando se procede a la integración de las tres sanidades existentes hasta entonces, en un sólo Cuerpo Militar de Sanidad, común a todos los ejércitos y a la Guardia Civil. El Cuerpo Militar de Sanidad, dentro del seno de las Fuerzas Armadas, tiene como cometidos , la atención a la salud en los campos logístico- operativo, asistencial y pericial y los relacionados con la psicología, farmacia y veterinaria. En concreto, los militares con la Especialidad Fundamental de Enfermería desarrollan actividades de asistencia facultativa, dirección de las unidades hospitalarias de enfermería y la gestión, administración y supervisión de los recursos puestos a disposición de dichas unidades, colaboración en las tareas médicas preventivas y periciales, asistencia a las bajas sanitarias de conformidad con su titulación así como la colaboración en protección sanitaria en ambiente nuclear, biológico y químico. El Cuerpo Militar de Sanidad está constituido por dos escalas: Escala de OFICIALES : Formada por las Especialidades Fundamentales de Medicina, Farmacia, Veterinaria, Odontología y Psicología. Escala de OFICIALES ENFERMEROS : Formada por una única Especialidad Fundamental cuya denominación es Enfermería. Los empleos del Cuerpo Militar de Sanidad son los de teniente a general de división en la escala de oficiales y de teniente a teniente coronel en la escala de oficiales enfermeros . Todos ellos con las denominaciones del empleo correspondiente seguidas del término «médico», «farmacéutico», «veterinario», «odontólogo», «psicólogo» o «enfermero», según corresponda.